viernes, 19 de septiembre de 2008

Constitución del 49, una causa Nacional

El viernes 19 de septiembre de 2008, invitado por la Comisión Directiva del Partido Justicialista, el abogado y asesor comercial Luis Alberto Terroba presentó su libro “La Constitución Nacional de 1949 - Una Causa Nacional”, obra a través de la cual se informa sobre uno de los tantos “agujeros negros” de la historia argentina, como lo es aquella reforma constitucional -que duró seis años- derogada por decreto de un gobierno de facto.“Sólo el cadáver de Eva Perón ha sufrido tantos ultrajes como la Constitución Nacional de 1949”, opina Alberto Gonzáles Arzac, en las palabras preliminares de la obra en la que Terroba desgrana la historia de esa “ley superior”, única, sagrada e intocable en todos los países del mundo, menos en el nuestro.Las constituciones nacen por la voluntad de un poder constituyente que detenta el pueblo, y sus modificaciones o derogación solo se dan a través de la intervención de los poderes delegados en el Estado, elegidos democráticamente. En este caso particular, Terroba saca a la luz a uno de los hechos más oscuros e inentendibles que ocurrió en 1955, donde la Constitución escrita, aprobada y en vigencia, se derogó a través del decreto 42. “El golpe usurpador de 1955 no admite comparación con el usurpador de 1930, ya que éste, de igual signo político y con la misma ilegitimidad, respetó formalmente la Constitución. La usurpación de 1955 no dejó de violar ningún precepto legal de los creados y elaborados por la jurisprudencia nacional e internacional. Fue violatorio de la Constitución de 1949 y de la reformada y, ya no vigente, de 1853. Fue la colonización más brutal que sufriera la República Argentina.Ni siquiera la falsificada doctrina de facto, recubriendo la usurpación, fue suficiente para disfrazar la manifiesta ilegalidad del régimen”, planteó el escritor.Vale aclarar que este período, denominado “Revolución Libertadora” no se identifica con los gobiernos de iure ni con los gobiernos de facto. Podría decirse que se produce una alternancia entre ellos. Los gobiernos de Lonardi, Aramburu, Guido, Onganía y Levingston no contaron con legalidad, ya que estos no se ejercieron respetando las leyes. Justificando esto último puede señalarse, entre otras cosas, que Lonardi disolvió el Congreso e intervino todas las provincias; Aramburu implantó la ley marcial y proscribió al Partido Peronista (derogando también su Constitución); Guido proscribió la Unión Popular. La pregunta, entonces, es porqué fue derogada esa Constitución: según explica el autor, porque plantea claramente la doctrina nacionalista que era base del peronismo.Más adelante interroga porqué los gobiernos democráticos no recuerdan la existencia de una Constitución cuya derogación era ilegal, por qué la Constitución de 1994 no la menciona como antecedente, porqué en las clases de las facultades de Derecho tampoco se la nombra. Quizás el secreto esté en los artículos 36 al 40, en los cuales se alude a los derechos de la familia, los niños, los ancianos, los trabajadores, la protección de la cultura nacional y también un artículo que podría haber cambiado el rumbo del desarrollo económico del país, ya que establece con rango constitucional que“los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedades imprescriptibles e inalienables de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias”.Es decir que si hubiera estado vigente esta Constitución, no se hubiera podido llevar a cabo la privatización de los ‘90, que dejó tantas familias sin fuente de trabajo y al país sin recursos genuinos.

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